lunes, 25 de abril de 2016


En este reporte se hablará sobre el Gobierno Salvadoreño y la forma en que está organizado el poder. El poder de el Gobierno Salvadoreño está dividido en tres Órganos, cada uno de ellos con funciones importantes. Los tres Órganos son el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.
En forma rápida el órgano ejecutivo es mandado por el Presidente, el órgano legislativo por la Asamblea Legislativa y el órgano judicial por la Corte Suprema de Justicia.
Los puestos en cada uno de estos órganos son elegidos de manera diferente y por períodos diferentes. El Órgano Ejecutivo (presidente, vicepresidente y gabinete) es elegido en elecciones generales por períodos de 5 años y no se permite la reelección consecutiva. El Órgano Legislativo (diputados) es elegido por períodos de tres años y si se permite la reelección. En el Órgano Judicial: La Corte Suprema de Justicia la elige la Asamblea Legislativa.
Luego de esta pequeña introducción se explicará más detenidamente la función, elección y personas encargadas de cada uno de los órganos

El Órgano Ejecutivo
El gobierno, o sea la autoridad que hace las decisiones del Estado, está representado por el Poder Ejecutivo. En nuestro país, El Salvador, el titular del poder ejecutivo es el presidente (en estos momentos Francisco Guillermo Flores Pérez). El presidente también elige a su gabinete para cada ministerio de el país. Nuestro sistema se le conoce como presidencialista. El presidente puede destituir a los ministros “a su discreción”, y la Asamblea Legislativa puede destituir al presidente si lo considera. El vicepresidente sólo puede ser despedido por la Asamblea en situaciones especiales mencionadas en nuestra Constitución.
El presidente de la república para optar a ser candidato tiene que ser elegido por un partido político, ser salvadoreño por nacimiento e hijo de padre o madre salvadoreño, tener más de 30 años, y tener buenos antecedentes morales.
La presidencia se elige por un período de cinco años, y no puede haber reelección en períodos seguidos. El período presidencial inicia y termina el día 1 de junio. Si el presidente de la República se muere, renuncia es removido lo sustituirá el vicepresidente. Si el vicepresidente no se encuentra disponible uno de los designados a la presidencia por el orden de su nominación lo sustituirá, y si todos éstos faltaran por causa legal, la Asamblea designará la persona que lo va a tener que sustituir . Para que la Asamblea Legislativa pueda destituir al presidente deberá de aprobarlo por lo menos dos tercios de los diputados.
Entre algunas de las funciones de el presidente de la república están:
  • Procurar la armonía social.
  • Conservar la paz y tranquilidad del país.
  • Celebrar tratados y convenciones internacionales.
  • Dirigir las relaciones exteriores.
  • Sancionar, promulgar, publicar y ejecutar las leyes.
  • Dirigir la guerra y hacer la paz.
  • Asegurar la aplicación de leyes que sean aprobadas.


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